El conjunto de postulados, nociones, teorías y principalmente las leyes en torno al tópico “Perspectiva de género” deben de ser procesados y orientados correctamente por parte del gremio de abogados. Más allá de nuestra ideología y educación debemos de estar conscientes que hoy día existe en nuestro país un cuerpo normativo que se nutre de la norma nacional e internacional, el cual es bastante extenso y que todo abogado debe conocer y direccionar adecuadamente para su aplicación práctica.
La perspectiva de género debe de estar inserta de manera obligatoria en toda decisión emitida por cualquier autoridad, de no hacerlo así dichas resoluciones carecen de validez jurídica y pueden ser revocadas tal y como ha ocurrido en muchos asuntos. Su nivel de importancia es tan relevante que incluso existen criterios aislados en donde se ha llegado modificar la cosa juzgada en virtud de no haber realizado un estudio del caso con perspectiva de género.
Este no es curso que busque convencer a los participantes de ninguna ideología o tendencia teórica en torno al feminismo o machismo, este es un curso jurídico que le servirá a los abogados para aprender analizar los asuntos desde la óptica metodológica de la perspectiva de género, la cual ha sido reconocida a través de jurisprudencias, normas, reglamentos, tratados internacionales y sendos documentos de carácter obligatorio que son el pilar fundamental de una nueva forma de juzgamiento, la cual a grandes rasgos exige al juzgador seguir estos pasos.
Identificar primeramente si existen situaciones de poder que por cuestiones de género den cuenta de un desequilibrio entre las partes de la controversia.
Cuestionar los hechos y valorar las pruebas desechando cualquier estereotipo o prejuicio de género, a fin de visualizar las situaciones de desventaja provocadas por condiciones de sexo o género.
En caso de que el material probatorio no sea suficiente para aclarar la situación de violencia, vulnerabilidad o discriminación por razones de género, ordenar las pruebas necesarias para visibilizar dichas situaciones.
De detectarse la situación de desventaja por cuestiones de género, cuestionar la neutralidad del derecho aplicable, así como evaluar el impacto diferenciado de la solución propuesta para buscar una resolución justa e igualitaria de acuerdo con el contexto de desigualdad por condiciones de género.
Para ello debe aplicar los estándares de derechos humanos de todas las personas involucradas, especialmente de los niños y niñas.
Considerar que el método exige que, en todo momento, se evite el uso del lenguaje basado en estereotipos o prejuicios, por lo que debe procurarse un lenguaje incluyente con el objeto de asegurar un acceso a la justicia sin discriminación por motivos de género. Lo anteriormente mencionado es parte de lo que la S.C.J.N. ha señalado.
No importa la rama del derecho a la que te dediques, la perspectiva de género es un tópico transversal y obligatorio. Aplica a la valoración de las pruebas, en providencias cautelares en materia laboral a mujeres embarazadas, en asuntos familiares, civiles, penales.
No. de sesiones: 6
Ponente:
– Mtra. Thania Yli Ramírez Alpízar, titular de la división de transversalización e igualdad del IMSS.
Temario:
1. Elementos de la construcción social del género como categoría de análisis
1. Origen de los estudios de género.
2. Definición de género.
3. El género como categoría de análisis.
4. Sistema sexo-género y sus componentes sociales, culturales y económicos.
5. Construcción de la feminidad y masculinidad.
6. ¿Qué es el empoderamiento femenino?
2. Derechos humanos de las mujeres
1. Derechos humanos: origen y definición del concepto.
2. CEDAW y sus Comités.
3. Conferencia de Viena.
4. Conferencias Internacionales de la Mujer.
a) Plataforma de acción de Beijing
5. Convención Belén Do Para.
6. ¿Qué es y cómo juzgar con perspectivas de género?
a) Herramientas teóricas para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
3. Violencia y mujeres
1. Violencia
2. Violencia y discriminación de género
3. Tipos y Modalidades de la Violencia
4. Feminicidio:
a) Origen del concepto, acepciones sociales y repercusiones jurídicas en su aplicación
5. ¿Qué son los modelos de atención integral para mujeres y niñas?
4. Masculinidades alternativas y diversidad sexual
1. Sobre el origen de la masculinidad
2. Poder y masculinidad
3. Machismo y patriarcado
a) Entronque patriarcal
5. Masculinidades alternativas y diversidad sexual
4. Sobre las masculinidades alternativas y su relación con la corresponsabilidad
5. Movimiento LGBTTTI: Origen, exigencias y reivindicaciones sociales
a) Trans feminismos y política pública
a) Cuidados
6. Marco jurídico Mexicano de los derechos de mujeres y niñas
1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
2. Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
3. Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres.
4. Programas nacionales con perspectiva de género y su cumplimiento: PROIGUALDAD, PIPASEVM, PRONAID.
5. Política pública con perspectiva de género: Retos para su transversalización.