En las grandes ciudades donde conviven millones de personas es frecuente que se generen discusiones. Para tratar estos conflictos que pueden presentarse entre un determinado número de personas se requiere de la Mediación y Conciliación. Son las vías más idóneas para encontrar soluciones más económicas, ágiles y menos burocráticas al evitar el ingreso al poder judicial.

La diferencia entre mediación y conciliación adquiere mayor importancia para los profesionales del manejo de las leyes; pues es un aspecto que puede llevarnos a la resolución de un caso de una manera más rápida y práctica. Pero ¡cuidado! El no tener claro estos conceptos puede generar que no se resuelvan de fondo, ocasionando que dichos conflictos, al contrario de mitigarse, solo se agraven.

Por ello, en este Blog te diremos la diferencia entre ambos y sus ventajas.

¿Qué es la Mediación y Conciliación?

Mediación: Es un procedimiento en donde el mediador, un tercero neutral, facilita el diálogo entre las partes involucradas con el fin de poder llegar a un acuerdo que satisfaga de manera recíproca sus expectativas. Las ventajas que ofrece una mediación son varias. A continuación te mencionaremos algunas:

  • Rapidez: A partir de que se abre el caso se cuenta con tres semanas hasta la fecha de audiencia y el proceso de una a tres sesiones, puede quedar resuelto.
  • Autocomposición: Las partes construyen entre ambos el mutuo acuerdo y deberán respetarlo.
  • Imparcialidad: Porque el mediador se mantiene al margen y es neutral y va a procurar siempre actuar en pro de la equidad y nunca va a imponer la solución.

También existen casos en donde la mediación no puede ser aplicada. Por ejemplo: casos con juicio en trámite, casos donde se haya presentado violencia física, causas penales, cuestiones laborales, división de sociedad conyugal, pensión alimenticia.

Conciliación: mecanismo de resolución de conflictos mediante el cual dos o más partes someten una controversia ante un tercero neutral. El conciliador conducirá y colaborará en su resolución. El acuerdo al que lleguen las partes será de cumplimiento obligatorio.

Al igual que la mediación, la conciliación cuenta con ciertas ventajas:

  • Voluntario: Ambas partes acceden ir de manera voluntaria y no se les puede obligar.
  • Procedimiento rápido y sencillo: Su desarrollo es simple y tiene una duración de máximo tres meses.
  • Mayor satisfacción de las partes involucradas: Cómo es voluntario existe mayor atención sobre lo que requieren ambas partes, creando un mayor compromiso por cumplir los acuerdos.
Mediación y Conciliación Colegio Comprender

¿Dónde aprender más sobre Mediación y Conciliación?

Colegio Comprender cuenta con un taller especializado en este tema, comprender y aplicar ambas trae consigo beneficios inmediatos para las partes involucradas; un cambio de paradigma para el derecho procesal que facilita el acceso a la justicia como un derecho humano y como una garantía de obtener una justicia pronta.
Los objetivos de este taller van orientados en la obtención de conocimientos que favorezcan el desarrollo de habilidades de los participantes para que empleen una comunicación asertiva, estrategias, medidas, técnicas y herramientas que coadyuven a propiciar soluciones a los diversos conflictos.

¡Y quién mejor que la Mtra. Andrea Casillas Legarreta! Es mediadora certificada y es la ponente idónea para involucrar a los profesionales del Derecho en estas áreas del conocimiento.

Para mayor información accede a nuestro sitio web, con gusto resolveremos tus dudas. Además, podrás observar la demás oferta educativa que nuestro Colegio tiene para ti.

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