La reparación del daño en materia penal es una figura jurídica que ha tenido una expansión en diversos sentidos. Nuestros jueces afortunadamente han adoptado criterios que resultan ser protectores de derechos humanos y de bienes jurídicos de alto valor para las personas. En este curso el alumno aprenderá el estado actual de la reparación del daño en materia penal en México. El postulante debe aprender que para integrar una adecuada reparación del daño se deben considerar entre otras cosas el momento procesal, el delito, la lesión al bien jurídico, el daño provocado al proyecto de vida etc.
La reparación del daño está condicionada a sentencias de la Corte Interamericana, a criterios de nuestra Suprema Corte y tribunales judiciales que llegan a variar en temas inacabados, conocer toda esta parafernalia no es fácil y por esa razón agradecemos a nuestro ponente Doctor Jonathan Pérez Chávez que haya aceptado la invitación a impartir este curso, destacado profesionista que tuvo la encomienda de ser Comisionado de atención a víctimas del Estado de Aguascalientes función que le permitió conocer las entrañas jurídicas y prácticas del tema que se abordará en esta oferta. Los esperamos.
𝗣𝗢𝗡𝗘𝗡𝗧𝗘: Dr. Jonathan Pérez Chávez. Ex comisionado de atención a víctimas.
TEMARIO:
𝗠𝗮𝗿𝗰𝗼 𝗷𝘂𝗿𝗶́𝗱𝗶𝗰𝗼 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗲 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝘆 𝗲𝗻𝗰𝘂𝗮𝗱𝗿𝗮𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗲𝗽𝘁𝘂𝗮𝗹 𝗰𝗼𝗻 𝗲𝗹 𝗼𝗿𝗱𝗲𝗻 𝗷𝘂𝗿𝗶́𝗱𝗶𝗰𝗼 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗿𝗲𝘀𝗽𝗲𝗰𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗮𝗻̃𝗼 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗹.
1.- Naturaleza jurídica de la reparación del daño.
2.- Rubros que integran la reparación del daño integral.
3.- Sentencias de la Corte Interamericana relevantes, que sentaron la base para la integración de la reparación del daño en México y criterios de nuestros más altos tribunales.
4.- Estudio de la norma constitucional, penal sustantiva y procesal que regulan la reparación del daño.
5.- Principios aplicables a la reparación.
𝗟𝗲𝗴𝗶𝘁𝗶𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝗹 𝗿𝗲𝗰𝗹𝗮𝗺𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗮𝗻̃𝗼 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗹.
1.- Víctimas y ofendido, diferencias sustanciales.
2.- Requisitos de fondo y forma que deben ser cumplidos para exigir la reclamación del daño.
3.- Víctimas indirectas.
4.- Autoridades competentes involucradas en la reparación del daño.
5.- Clasificación de la reparación del daño atendiendo al origen del evento ya sea por un delito o por una violación a un derecho humano.
𝗠𝗲𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗿𝗲𝘀𝘁𝗶𝘁𝘂𝗰𝗶𝗼́𝗻, 𝗿𝗲𝗵𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝘀𝗮𝘁𝗶𝘀𝗳𝗮𝗰𝗰𝗶𝗼́𝗻.
1.- Mecanismos para garantizar la devolución a la víctima de su situación anterior al hecho victimizante.
2.- La función del abogado litigante en la rehabilitación de la situación de la víctima después del hecho punible.
3.- Acciones específicas que debe realizar el abogado litigante para conseguir la satisfacción de la víctima.
4.- Estudio de casos de reparación colectiva.
5.- Fondos y/o recursos con los que se cubrirán la reparación del daño integral.
𝗟𝗮 𝗴𝗲𝗻𝗲𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗽𝗿𝘂𝗲𝗯𝗮𝘀 𝘆 𝗮𝗿𝗴𝘂𝗺𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗮 𝗼𝗯𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮𝘀 𝗺𝗲𝗱𝗶𝗱𝗮𝘀 𝗱𝗲 𝗰𝗼𝗺𝗽𝗲𝗻𝘀𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘁𝗼𝗺𝗮𝗻𝗱𝗼 𝗲𝗻 𝗰𝗼𝗻𝘀𝗶𝗱𝗲𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗽𝗿𝗶𝗻𝗰𝗶𝗽𝗶𝗼𝘀 𝗮𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗯𝗹𝗲𝘀 𝘆 𝗲𝗹 𝗱𝗲𝗿𝗲𝗰𝗵𝗼 𝗮𝗹 𝗽𝗿𝗼𝘆𝗲𝗰𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝘃𝗶𝗱𝗮, 𝗲𝗻𝘁𝗿𝗲 𝗼𝘁𝗿𝗼𝘀 𝗳𝗮𝗰𝘁𝗼𝗿𝗲𝘀.
I. Metodología para obtener la reparación del daño sufrido en la integridad física de la víctima; pruebas y argumentos.
II. Aprendiendo a entender el daño moral y los efectos nocivos que produce en la justa dimensión en las personas ya sean víctimas directas o indirectas.
III.- Parámetros legales y prácticos para tasar el daño moral.
IV.- Rubros que el daño moral comprende, sufrimientos y las aflicciones causadas a las víctimas directas e indirectas, menoscabo de valores muy significativos para las personas y toda perturbación que no sea susceptible de medición pecuniaria;
V.- Comprendiendo la diferencia entre el resarcimiento de los perjuicios ocasionados o lucro cesante, incluyendo el pago de los salarios o percepciones correspondientes, cuando por lesiones se cause incapacidad para trabajar en oficio, arte o profesión;
VI.- La pérdida de oportunidades, en particular las de educación y prestaciones sociales;
VII.- Los daños patrimoniales generados como consecuencia de delitos o violaciones a derechos humanos;
VIII. El pago de los gastos y costas judiciales del Asesor Jurídico cuando éste sea privado;
IX. El pago de los tratamientos médicos o terapéuticos que, como consecuencia del delito o de la violación a los derechos humanos, sean necesarios para la recuperación de la salud psíquica y física de la víctima, y
X. Los gastos comprobables de transporte, alojamiento, comunicación o alimentación que le ocasione trasladarse al lugar del juicio o para asistir a su tratamiento, si la víctima reside en municipio o delegación distintos al del enjuiciamiento o donde recibe la atención.
𝗔𝗻𝗮́𝗹𝗶𝘀𝗶𝘀 𝗱𝗲 𝘀𝗲𝗻𝘁𝗲𝗻𝗰𝗶𝗮𝘀 𝘆 𝗰𝗮𝘀𝗼𝘀 𝗿𝗲𝗹𝗲𝘃𝗮𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗲𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗲𝗹 𝗺𝗮𝗲𝘀𝘁𝗿𝗼 𝗲𝘅𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗿𝗮́ 𝗹𝗮 𝗺𝗲𝘁𝗼𝗱𝗼𝗹𝗼𝗴𝗶́𝗮 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗿𝗲𝗽𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗮𝗻̃𝗼 𝗮 𝗰𝗮𝘀𝗼𝘀 𝗰𝗼𝗻𝗰𝗿𝗲𝘁𝗼𝘀.
1.- Análisis casuístico del hecho.
2.- Análisis de los daños causados.
3.- Análisis de los rubros que fueron cobrados.
4.- Análisis de las pruebas y argumentos que fueron utilizados.
No. DE SESIONES: 5