De nueva cuenta en el Colegio Comprender nos hemos preocupado por traer a cuenta un curso que contempla una de las áreas mas novedosas, rentables y prácticas del sistema jurídico mexicano, “El pago de daños”, varias sentencias han sido icónicas como la del caso “Mayan Palace”, en donde se condenó a una cifra de 30 millones de pesos, esto se obtuvo en un proceso en vía civil, o el caso de Jacinta, Alberta y Teresa quienes obtuvieron una buena indemnización pagada por PGR por haber sido privadas de su libertad por un delito que no cometieron, y así sucesivamente en las resoluciones cotidianas en materia penal se han obtenido sentencias de 700 mil u 800 mil pesos por asuntos tan comunes como lesiones en riña, es una realidad hoy día en México se ha cambiado la visión de como cuantificar un daño.
La mayoría de los mejores litigantes y académicos coinciden en que en la praxis del derecho de daños (denominado así por la Suprema Corte de Justicia de la Nación) lo que hace la diferencia es la técnica y teoría jurídica que se utilice desde el inicio del caso, cualquier error o imprecisión provocara indefectiblemente la no obtención de una sentencia favorable.
No. de sesiones: 6
Ponentes:
Mtro. Manuel Blancas Pérez. Proyectista de sala civil.
Dr. Carlos Javier Verduzco Reyna. Catedrático de la UNAM.
Dr. Marco Antonio Rueda Vergara. Juez de ejecución en la Ciudad de México.
Temario:
El pago de daños por responsabilidad patrimonial del estado
a) Oportunidad para presentar la demanda.
b) Prescripción.
c) Fijación de competencia.
d) Admisibilidad de la demanda.
e) Requisitos de fondo y forma para su procedencia. (Actividad irregular del estado)
f) Pruebas.
g) Sentencia y cuantificación económica del daño.
El pago de daños por error judicial
a) Oportunidad para presentar la demanda.
b) Prescripción.
c) Fijación de competencia.
d) Admisibilidad de la demanda.
e) Requisitos de fondo y forma para su procedencia.
f) Pruebas.
g) Sentencia y cuantificación económica del daño.
El pago de los daños por responsabilidad civil
a) Concepto.
b) Acto ilícito.
c) Culpa.
d) Negligencia inexcusable.
e) Responsabilidad objetiva directa.
f) Reparación del daño (determinación del pago)
g) Jurisprudencia.
El pago de daño moral
a) Daño moral.
b) Elementos subjetivos.
c) Causas generadoras.
d) Formas de reparar el daño.
e) Jurisprudencia.
El pago de daños punitivos
a) Daños punitivos.
b) Concepto.
c) Responsabilidad contractual y extracontractual.
d) Acción de reparación.
e) Transmisión del derecho al pago de la indemnización.
f) Limitación al derecho de libertad de expresión.
g) Alcances de la sentencia que condene al daño moral.
Reparación del daño en materia penal
a) Integración del daño
b) Cuantificación
c) Pruebas
d) Incidente
e) Sentencia