¡En el Colegio Comprender estamos comprometidos con tu actualización profesional! Presentamos un curso sobre una de las áreas más relevantes y prácticas del sistema jurídico mexicano: El pago de daños.
Varias sentencias han sido icónicas como:
-Mayan Palace: En donde se condenó a una cifra de 30 millones de pesos, esto se obtuvo en un proceso en vía civil.
-Jacinta, Alberta y Teresa: Quienes obtuvieron una buena indemnización pagada por PGR por haber sido privadas de su libertad por un delito que no cometieron.
La mayoría de los mejores litigantes y académicos coinciden en que en la praxis del derecho de daños (denominado así por la Suprema Corte de Justicia de la Nación) lo que hace la diferencia es la técnica y teoría jurídica que se utilice desde el inicio del caso, cualquier error o imprecisión provocara indefectiblemente la no obtención de una sentencia favorable.
𝗜𝗠𝗣𝗔𝗥𝗧𝗘𝗡:
-𝗠𝘁𝗿𝗼. 𝗥𝗮𝘂́𝗹 𝗖𝗮𝘀𝘁𝗶𝗹𝗹𝗼 𝗗𝗲 𝗟𝗮 𝗩𝗲𝗴𝗮, Juez Civil.
-𝗗𝗿. 𝗖𝗮𝗿𝗹𝗼𝘀 𝗝𝗮𝘃𝗶𝗲𝗿 𝗩𝗲𝗿𝗱𝘂𝘇𝗰𝗼 𝗥𝗲𝘆𝗻𝗮, Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México, Maestro en Derecho Fiscal y Administrativo y Doctor en Derecho por el Centro Universitario de Estudios Jurídicos. Profesor por oposición a la cátedra de Derecho Fiscal en la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Miembro numerario de la Academia Mexicana de Derecho Fiscal. Miembro del Claustro de Doctores de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México. Miembro de la Asociación Nacional de Doctores en Derecho, abogado postulante.
– 𝗠𝘁𝗿𝗼. 𝗥𝘂𝗯𝗲́𝗻 𝗚𝗼𝗱𝗶́𝗻𝗲𝘇 𝗖𝗲𝗿𝗼́𝗻, Juez de Ejecución de la Ciudad de México.
NO. DE SESIONES: 6
𝗧𝗘𝗠𝗔𝗥𝗜𝗢:
-𝗘𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮𝗻̃𝗼𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗿𝗲𝘀𝗽𝗼𝗻𝘀𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗽𝗮𝘁𝗿𝗶𝗺𝗼𝗻𝗶𝗮𝗹 𝗱𝗲𝗹 𝗲𝘀𝘁𝗮𝗱𝗼.
a) Oportunidad para presentar la demanda.
b) Prescripción.
c) Fijación de competencia.
d) Admisibilidad de la demanda.
e) Requisitos de fondo y forma para su procedencia. (Actividad irregular del estado)
f) Pruebas.
g) Sentencia y cuantificación económica del daño.
-𝗘𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮𝗻̃𝗼𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗲𝗿𝗿𝗼𝗿 𝗷𝘂𝗱𝗶𝗰𝗶𝗮𝗹.
a) Oportunidad para presentar la demanda.
b) Prescripción.
c) Fijación de competencia.
d) Admisibilidad de la demanda.
e) Requisitos de fondo y forma para su procedencia.
f) Pruebas.
g) Sentencia y cuantificación económica del daño.
-𝗥𝗲𝗽𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗱𝗮𝗻̃𝗼 𝗲𝗻 𝗺𝗮𝘁𝗲𝗿𝗶𝗮 𝗽𝗲𝗻𝗮𝗹
a) Integración del daño
b) Cuantificación
c) Pruebas
d) Incidente
e) Sentencia
-𝗘𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗹𝗼𝘀 𝗱𝗮𝗻̃𝗼𝘀 𝗽𝗼𝗿 𝗿𝗲𝘀𝗽𝗼𝗻𝘀𝗮𝗯𝗶𝗹𝗶𝗱𝗮𝗱 𝗰𝗶𝘃𝗶𝗹
a) Concepto.
b) Acto ilícito.
c) Culpa.
d) Negligencia inexcusable.
e) Responsabilidad objetiva directa.
f) Reparación del daño (determinación del pago)
g) Jurisprudencia.
-𝗘𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮𝗻̃𝗼 𝗺𝗼𝗿𝗮𝗹.
a) Daño moral.
b) Elementos subjetivos.
c) Causas generadoras.
d) Formas de reparar el daño.
e) Jurisprudencia.
– 𝗘𝗹 𝗽𝗮𝗴𝗼 𝗱𝗲 𝗱𝗮𝗻̃𝗼𝘀 𝗽𝘂𝗻𝗶𝘁𝗶𝘃𝗼𝘀
a) Daños punitivos.
b) Concepto.
c) Responsabilidad contractual y extracontractual.
d) Acción de reparación.
e) Transmisión del derecho al pago de la indemnización.
f) Limitación al derecho de libertad de expresión.
g) Alcances de la sentencia que condene al daño moral.
247. Curso Especializado en el Pago de Daños, Civil, Administrativo y Penal.
$1,800.00