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𝗔𝗡𝗔́𝗟𝗜𝗦𝗜𝗦 𝗗𝗘𝗟 𝗔𝗥𝗧𝗜́𝗖𝗨𝗟𝗢 𝟭 𝗔𝗟 𝟭𝟬𝟰

𝗝𝗨𝗥𝗜𝗦𝗣𝗥𝗨𝗗𝗘𝗡𝗖𝗜𝗔-𝗜𝗡𝗧𝗘𝗥𝗣𝗥𝗘𝗧𝗔𝗖𝗜𝗢́𝗡 𝗬 𝗣𝗥𝗔́𝗖𝗧𝗜𝗖𝗔.

𝟭. ¿𝗤𝘂𝗲́ 𝗲𝘀 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗽𝗿𝗼𝗳𝗲𝘀𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲𝘀𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗽𝗿𝗼𝗳𝘂𝗻𝗱𝗶𝘇𝗮𝗿 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗲𝘀𝘁𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝗼́𝗱𝗶𝗴𝗼 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗽𝗲𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀?

Es una oferta de formación y capacitación procesal, sustantiva impartida por magistrados jueces y académicos de primer nivel, que se encargarán de enseñar de una manera integral a un grupo selecto de alumnos, cuestiones pormenorizadas del Código Nacional de Procedimientos Penales utilizando para ello como eje de análisis la lectura gramatical de los textos jurídicos en primer momento, para posteriormente señalar las jurisprudencias, precedentes, tesis aisladas, sentencias, doctrina, y pautas prácticas que estén relacionados con cada uno de los artículos de la ley instrumental nacional.

𝟮. ¿𝗖𝘂𝗮́𝗹 𝗲𝘀 𝗲𝗹 𝗼𝗯𝗷𝗲𝘁𝗶𝘃𝗼 𝗾𝘂𝗲 𝗯𝘂𝘀𝗰𝗮 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗽𝗿𝗼𝗳𝗲𝘀𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲𝘀𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗽𝗿𝗼𝗳𝘂𝗻𝗱𝗶𝘇𝗮𝗿 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗲𝘀𝘁𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗖𝗼́𝗱𝗶𝗴𝗼 𝗡𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗰𝗲𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗣𝗲𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀?
Son diversos los objetivos que busca este programa pero dentro de los más importantes tenemos lo siguientes:
a) Introducir a cualquier abogado independientemente de la materia a la que se dedique al estudio y comprensión del código nacional de procedimientos penales para que pueda dilucidar estrategias que le permitan tomar responsablemente asuntos penales.
b) Actualizar a todos aquellos abogados que litiguen materia penal respecto de los criterios de aplicación de cada uno de los artículos del Código Nacional a casos concretos, esto con el propósito de erradicar las confusiones y sesgos cognitivos que pueda tener un licenciado en derecho que realice interpretaciones personales carentes de metodología y de validez judicial de los dispositivos de de la ley materia de este programa.
c) Provocar conciencia en todos los litigantes para que surja un proceso de comprensión respecto de que todos y todas las abogadas y abogados tenemos la necesidad de conocer las diversas asignaciones de significado que se le dan a los textos legales y que se entienda que todos aquellos razonamientos que puedan llevar a cabo de manera particular deben de estar sujetos a un proceso de validez lógico jurídico.
d) Formar y capacitar operadores del sistema procesal penal que cuenten con capacidades concretas para poder realizar razonamientos críticos con base en el conocimiento de la jurisprudencia de los precedentes de sentencias y de interpretaciones incluso convencionales que les permitan desarrollarse en la actividad cotidiana con un nivel de excelencia en pro de los derechos de sus representados.
e) Evaluar las competencias profesionales de cada uno de los participantes al final de cada uno de los niveles a fin de que pueda visualizar cuáles son las áreas que tiene más desarrolladas y también aquellas en donde debe de poner especial énfasis en su estudio y capacitación para evitar incurrir en insuficiencias técnicas dentro de su desempeño profesional como jurista.

f) Este programa es una excelente herramienta para todos aquellos que ejercen la docencia ya que por medio del estudio de este obtendrán referencias fidedignas y muy concretas para poderlas multiplicar con sus alumnos.

𝟯. ¿𝗖𝗼́𝗺𝗼 𝗲𝘀𝘁𝗮́ 𝗲𝘀𝘁𝗿𝘂𝗰𝘁𝘂𝗿𝗮𝗱𝗼 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗳𝗼𝗿𝗺𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝘆 𝗰𝗮𝗽𝗮𝗰𝗶𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗴𝗿𝗮𝗹 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗽𝗿𝗼𝗳𝗲𝘀𝗶𝗼𝗻𝗶𝘀𝘁𝗮𝘀 𝗶𝗻𝘁𝗲𝗿𝗲𝘀𝗮𝗱𝗼𝘀 𝗲𝗻 𝗽𝗿𝗼𝗳𝘂𝗻𝗱𝗶𝘇𝗮𝗿 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗲𝘀𝘁𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝗼́𝗱𝗶𝗴𝗼 𝗻𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗰𝗲𝗱𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼𝘀 𝗽𝗲𝗻𝗮𝗹𝗲𝘀?
Este programa se encuentra estructurado con base en cinco niveles, cada uno de ellos representa un segmento del Código Nacional de Procedimientos Penales.
✅ 𝑃𝑟𝑖𝑚𝑒𝑟 𝑛𝑖𝑣𝑒𝑙. 𝐷𝑒𝑙 𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑐𝑢𝑙𝑜 1 𝑎𝑙 104.
✅ 𝑆𝑒𝑔𝑢𝑛𝑑𝑜 𝑛𝑖𝑣𝑒𝑙. 𝐷𝑒𝑙 𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑐𝑢𝑙𝑜 105 𝑎𝑙 210.
✅ 𝑇𝑒𝑟𝑐𝑒𝑟 𝑛𝑖𝑣𝑒𝑙. 𝐷𝑒𝑙 𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑐𝑢𝑙𝑜 211 𝑎𝑙 306.
✅ 𝐶𝑢𝑎𝑟𝑡𝑜 𝑛𝑖𝑣𝑒𝑙. 𝐷𝑒𝑙 𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑐𝑢𝑙𝑜 307 𝑎𝑙 413.
✅ 𝑄𝑢𝑖𝑛𝑡𝑜 𝑛𝑖𝑣𝑒𝑙. 𝐷𝑒𝑙 𝑎𝑟𝑡𝑖́𝑐𝑢𝑙𝑜 414 𝑎𝑙 490.

Los niveles son seriados, por lo que no se puede cursar de forma adelantada ninguno de ellos.

𝟰. ¿𝗖𝘂𝗮́𝗹 𝗲𝘀 𝗹𝗮 𝗺𝗲𝘁𝗼𝗱𝗼𝗹𝗼𝗴𝗶́𝗮 𝗱𝗲 𝗲𝘀𝘁𝘂𝗱𝗶𝗼 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮?
1. Lectura e interpretación gramatical de cada artículo.
2. Señalamiento de los principales artículos que pueden tener una relación directa con el dispositivo en estudio.
3. Señalamiento si en torno al artículo en estudio se ha dado algún precedente, jurisprudencia o tesis aislada.
4. Mención si el artículo en estudio ha sido materia de alguna reforma.
5. Mención de los límites, restricciones y derechos humanos asociados al artículo
6. Aplicación práctica del artículo en la justicia cotidiana.

Los anteriores puntos son solo guías no implica que se tenga que agotar todos o bien que no se puedan abordar otros ejes de análisis. Es una metodología hermenéutica. En el campo del Derecho, se emplea la hermenéutica para interpretar textos jurídicos, es decir fuentes legales primarias, con el propósito de explicar, evaluar o predecir decisiones judiciales o legislativas o desarrollar reformas legales. El objetivo es descubrir la ley o aplicar la ley descubierta a situaciones particulares. Para ello, se recurre a la interpretación de todos los elementos del texto, incluyendo los gramaticales, semánticos y extensivos.

𝟱. ¿𝗤𝘂𝗶𝗲𝗻𝗲𝘀 𝘀𝗲𝗿𝗮́𝗻 𝗹𝗼𝘀 𝗽𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗲𝗻 𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿 𝗻𝗶𝘃𝗲𝗹 𝗱𝗲 𝗲𝘀𝘁𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗴𝗿𝗮𝗺𝗮?
Dr. Miguel Ángel Suárez Romero. Investigador Conacyt.
Dra. Juana Dávila Flores. Jueza de Control.
Mtro. Erick Allende Juez de Control.
Dr. Marco Antonio Rueda Vergara Juez de Ejecución Penal.
Mtra. Alma Rocío Medina Jueza de Ejecución Penal.

Dr. Ricardo Ojeda Gándara. Juez de Control.

𝗜𝗡𝗩𝗘𝗥𝗦𝗜𝗢́𝗡:
 Pago único: $2,000 pesos (inversión total)
 Promoción por pago anticipado hasta el 8 de octubre: $1,000 pesos (inversión total)
𝗜𝗡𝗜𝗖𝗜𝗢 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗔𝗠𝗔
 𝗖𝗹𝗮𝘀𝗲 𝗽𝗿𝗼𝗽𝗲𝗱𝗲́𝘂𝘁𝗶𝗰𝗮.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 15 de octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dr. Miguel Ángel Suárez Romero.
Explicación de la metodología de interpretación jurídica que se usará dentro del curso, en donde se explicará a los alumnos las rutas críticas que seguirán los ponentes dentro de las clases, esto con el propósito de comprender la justificación que se hace valer en la asignación de significados a cada uno de los artículos del Código Nacional de Procedimientos Penales.
1.- Interpretación gramatical.
2.- Interpretación originaria.
3.- Jurisprudencias, tesis y precedentes.
4.- Lógico.
 𝗣𝗥𝗜𝗠𝗘𝗥 𝗕𝗟𝗢𝗤𝗨𝗘 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗔𝗠𝗔. Título I del C.N.P.P. Disposiciones preliminares.
𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗽𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Ámbito de aplicación y objeto. Estudio del artículo 1 al 3.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 16 de octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Maestro Erik Allende Alonso. Juez de Control.
Subtemas
1.- Ámbito de aplicación y objeto del Código Nacional de Procedimientos Penales.
2.- Glosario.
 𝗦𝗘𝗚𝗨𝗡𝗗𝗢 𝗕𝗟𝗢𝗤𝗨𝗘 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗔𝗠𝗔. Título II del C.N.P.P. Principios y derechos en el procedimiento.
𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝘀𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Principios y derechos. Estudio del artículo 4 al 19.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 17 octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dra. Juana Dávila Flores. Jueza de Control.
𝗦𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝘀𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Principios y derechos. Estudio del artículo 4 al 19.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 18 octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dra. Juana Dávila Flores. Jueza de Control.
𝗧𝗘𝗥𝗖𝗘𝗥 𝗕𝗟𝗢𝗤𝗨𝗘 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗔𝗠𝗔. Título III del C.N.P.P. Competencia e incompetencia.
𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝘁𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Competencia e incompetencia. Del artículo 20 al 29
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 22 octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Mtro. Erik Allende Alonso. Juez de Control.
Subtemas.
1.- Reglas de competencia.
2.- Facultad de atracción de los delitos cometidos contra la libertad de expresión.
3.- Competencia por razón de seguridad.
4.- Competencia auxiliar.
5.- Autorización judicial para diligencias urgentes.
6.- Tipos o formas de incompetencia.
7.- Reglas de incompetencia.
8.- Procedencia de la incompetencia por declinatoria.
9.- Procedencia de incompetencia por inhibitoria.
10.- Actuaciones urgentes ante Juez de control incompetente.
𝗦𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝘁𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Acumulación y separación de procesos y excusas, recusaciones e impedimentos. Del artículo 30 al 43.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 29 octubre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Mtro. Erik Allende Alonso. Juez de Control.
Subtemas
1.- Causas de acumulación y conexidad.
2.- Competencia en la acumulación.
3.- Término para decretar la acumulación.
4.- Sustanciación de la acumulación.
5.- Efectos de la acumulación.
6.- Separación de los procesos.
7.- Excusa o recusación.
8.- Causas de impedimento.
9.- Excusa.
10.- Recusación.
11.- Tiempo y forma de recusar.
12.- Trámite de recusación.
13.- Efectos de la recusación.
14.- Impedimentos del Ministerio Público y de los peritos.
 𝗖𝗨𝗔𝗥𝗧𝗢 𝗕𝗟𝗢𝗤𝗨𝗘 𝗗𝗘𝗟 𝗣𝗥𝗢𝗚𝗥𝗔𝗠𝗔. Título IV del C.N.P.P. Actos procedimentales.
𝗣𝗿𝗶𝗺𝗲𝗿𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Formalidades. Del artículo 44 al 51.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 5 de noviembre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dra. Juana Dávila Flores. Jueza de control.
Subtemas
1.- Oralidad en las actuaciones procesales.
2.- Idioma.
3.- Declaraciones e interrogatorios con intérpretes y traductores.
4.-Lugar de las audiencias.
5.- Tiempo.
6.- Protesta.
7.- Acceso a las carpetas digitales.
𝗦𝗲𝗴𝘂𝗻𝗱𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Audiencias. Del artículo 52 al 66.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 6 de noviembre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Mtra. Alma Rocío Medina Espinosa. Jueza de ejecución.
Subtemas
1.- Disposiciones comunes.
2.- Disciplina en las audiencias.
3.- Identificación de los declarantes.
4.- Restricciones de acceso a las audiencias.
5.- Presencia del imputado en las audiencias.
6.- Ausencia de las partes.
7.- Deberes de los asistentes.
8.- De los medios de apremio.
9.- Hechos delictivos surgidos en audiencia.
10.- Registro de las audiencias.
11.- Asistencia del imputado a las audiencias.
12.- Notificación en la audiencia.
13.-Excepciones al principio de publicidad.
14.- Continuación de audiencia pública.
15.- Intervención en la audiencia.
𝗧𝗲𝗿𝗰𝗲𝗿𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Resoluciones judiciales y comunicación entre autoridades. Del artículo 67 al 81.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 13 noviembre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dr. Marco Antonio Rueda Vergara. Juez de ejecución.
Subtemas
1.- Resoluciones judiciales.
2.- Congruencia y contenido de autos y sentencias.
3.- Aclaración.
4.- Firma.
5.- Copia auténtica.
6.- Restitución y renovación.
7.- Regla general de la comunicación entre autoridades.
8.- Colaboración procesal.
9.- Exhortos y requisitorias.
10.- Empleo de los medios de comunicación.
11.- Plazo para el cumplimiento de exhortos y requisitorias.
12.- Exhortos de tribunales y extranjeros.
13.- Exhortos internacionales que requieran homologación.
14.- Actos procesales en el extranjero.
15.- Demora o rechazo de requerimientos.
𝗖𝘂𝗮𝗿𝘁𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Notificaciones, citaciones y plazos. Del artículo 82 al 96.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 14 de noviembre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Dra. Juana Dávila Flores. Jueza de control.
Subtemas
1.- Formas de notificación.
2.- Medios de notificación.
3.- Regla general sobre notificaciones.
4.- Lugar para las notificaciones.
5.- Notificaciones a defensores o asesores jurídicos.
6.- Forma especial de notificación.
7.- Nulidad de notificación.
8.- Validez de la notificación.
9.- Citación.
10.- Forma de realizar las citaciones.
11.- Citación al imputado.
12.- Comunicación de actuaciones del ministerio público.
13.- Reglas generales de los plazos.
14.- Renuncia o abreviación de plazos.
15.- Reposición del plazo.
𝗤𝘂𝗶𝗻𝘁𝗮 𝘀𝗲𝘀𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲𝗹 𝗰𝘂𝗮𝗿𝘁𝗼 𝗯𝗹𝗼𝗾𝘂𝗲.
 𝗧𝗲𝗺𝗮: Nulidad de actos procedimentales. Del artículo 97 al 103.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 19 de noviembre de 18:00 a 21:00 horas.
 𝗣𝗼𝗻𝗲𝗻𝘁𝗲: Mtro. Ricardo Ojeda Gándara.
Subtemas
1.- Principio general.
2.- Solicitud de declaración de nulidad sobre actos ejecutados en contravención de las formalidades.
3.- Saneamiento.
4.- Convalidación.
5.- Declaración de nulidad.
6.- Sujetos legitimados.
7.- Gastos de producción de prueba.
8.- Medios de apremio.
𝗖𝗹𝗮𝘀𝗲 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗮𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻 𝗱𝗲 𝗱𝘂𝗱𝗮𝘀 𝘆 𝗿𝗲𝘁𝗿𝗼𝗮𝗹𝗶𝗺𝗲𝗻𝘁𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 26 noviembre de 20:00 a 21:30 horas.
 𝗔𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮: Mtra. Nadia Medrano Avilés
𝗘𝘃𝗮𝗹𝘂𝗮𝗰𝗶𝗼́𝗻.
 𝗙𝗲𝗰𝗵𝗮: 27 noviembre de 20:00 a 21:30 horas.
 𝗔𝗽𝗹𝗶𝗰𝗮𝗱𝗼𝗿𝗮: Mtra. Nadia Medrano Avilés
 𝗠𝗢𝗗𝗔𝗟𝗜𝗗𝗔𝗗:⁣
En línea ⁣
Videoconferencia en vivo, con la posibilidad de interactuar con preguntas y respuestas con los profesores. También para el caso de que desee ver la clase posteriormente queda videograbada y pueda accesar a ella las veces que usted desee. ⁣
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